La
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, surgió de
una terrible situación: La inadmisible
y grave prevalencia de diversas formas de violencia contra las mujeres en
México incompatibles con la vigencia de sus derechos humanos, dice Marcela
Lagarde, una de las voces más autorizadas en esta materia.
Los
tipos y las modalidades de la violencia contra las mujeres, se describen en la
ley, como delitos incluso. Los tipos de violencia definidos son: a) física, b)
sexual, c) psicológica, d) económica y e) patrimonial. Las modalidades de
violencia se definen por el ámbito en que ésta ocurre: a) el familiar, b) el
comunitario, c) el laboral y educativo, d) el institucional y e) el feminicida,
de ellos, haremos referencia al tipo de violencia sexual en su modalidad
laboral y educativa, que se identificaremos como hostigamiento y acoso sexual.
Si
bien estas conductas no son exclusivamente anti femeninas, si son las mujeres
las victimas principales de ellas. Existen diversos modelos que nos las
explican, aunque no dejan de ser aproximaciones teóricas, de alguna manera se
han tomado en cuenta para afrontar y tratar estos casos.
El
llamado modelo motivacional, o
biológico natural, basado en el impulso sexual de las personas; el modelo organizacional, basado en la estructura
vertical y jerárquica de las organizaciones; el modelo sociocultural basado en la condición de inferioridad que
tradicionalmente se ha atribuido a las mujeres; modelo de roles extralimitados, basado en el estereotipo cultural
según el cual las mujeres deben proyectar una imagen sexual, independientemente
del lugar donde se encuentren y de sus habilidades profesionales. Desde luego
ninguno de estos modelos explica completamente el hostigamiento y acoso sexual,
son intentos teóricos que pretenden explicar posibles causas y abarcan ámbitos
específicos.
Acciones
sexuales no reciprocas, consistente en conductas verbales y físicas que
contienen aspectos relacionados con la sexualidad y son recibidas por alguien
sin ser bienvenidas. Coerción sexual, consistente en la presión ejercida sobre
alguien para forzar su voluntad o conducta sexual. Sentimientos de desagrado
para quien lo recibe, consiste en la sensación de humillación, insatisfacción personal,
molestia o depresión. Comportamiento reiterado.
Lo
anterior se expresa sobre todo de hombres hacia mujeres, de superior a
subordinada, sin dejar de reconocer que en menor medida, pero en mucho menor
medida, también se manifiesta de mujeres a mujeres, de hombres a hombres, o
incluso de mujeres a hombres, pudiendo darse entre compañeros o compañeras.
El
hostigamiento y acoso sexual, suele manifestarse de la siguiente manera: Piropos
no deseados en cuanto a la apariencia física, exposición de imágenes de
naturaleza sexual, miradas morbosas y
gestos sugestivos que incomoden, burlas, bromas, comentarios o preguntas
incomodas sobre la visa sexual o amorosa, mensajes de naturaleza sexual no
deseada, castigos o maltratos por rechazar las proposiciones sexuales, presión
para acceder a invitaciones o encuentros no deseados fuera del trabajo,
amenazas si no se aceptan, contacto
físico no deseado, entre otras muchas otras acciones.
Todo
lo anterior genera diversos efectos en las victimas, desde problemas
psicológicos: duda, depresión, ansiedad, fatiga, falta de motivación, dificultad
en la concentración, baja autoestima y relaciones personales restringidas; problemas
fisiológicos: dolores de estómago y cabeza, náuseas, disturbios del sueño; problemas
relacionados con el trabajo: reducción de la satisfacción con el trabajo,
estrés laboral, ausentismo, cambio de carrera o trabajo, disminución en la
productividad. Pero no se crea que solo en las victimas, el efecto va más allá,
ya que como otros tipos de violencia, el hostigamiento y acoso sexual repercute
además en el tejido social; con relación
a las empresas o instituciones, el ambiente laboral incide negativamente sobre
la productividad y el rendimiento de la víctima y de terceras personas, puede generar
o ser un factor para el aumento de accidentes de trabajo o enfermedades; con relación a la sociedad, en el trabajo
impide el logro de la igualdad y el desarrollo pleno de las mujeres en un
espacio democrático.
Finalmente
debemos señalar las características de las víctimas del hostigamiento y acoso
sexual tales como: Incapacidad para el afrontamiento, el sistema nervioso queda
desbordado con la generación de imágenes traumáticas y las consiguientes
emociones (ansiedad, temor, rabia, culpa), destrucción del marco de referencia
habitual en el ámbito laboral, evitar
todo estímulo que reactive el trauma, lo cual reduce su productividad y vida
afectiva.
La
eliminación, de esta violencia advierte Marcela Lagarde, implica, la
transformación de mujeres, hombres,
sociedad, instituciones y cultura, a partir de la creación de condiciones de
seguridad para aquéllas y de su acceso a condiciones de desarrollo personal y
de género con de calidad de vida y ciudadanía plenas.
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