Como ya es sabido por todos nosotros, los
derechos humanos se pueden y deben reconocer en cualquier lugar o circunstancia,
dada su universalidad, pero existen ciertos conceptos que casi nadie quiere
tratar en este contexto, me refiero al amor.
El amor puede ser un derecho humano, escasas personas
lo refieren así, porque la mayoría considera poco seria una reflexión en este sentido
o bien porque consideran que nada tiene que ver con el derecho, no obstante se
piensa importante como parte significativa para fundamentar todos los derechos
humanos y no sólo incluye el amor de pareja, va mucho más allá de la misma,
tiene mayores implicaciones.
Al amor como sentimiento lo han tratado de
definir una cantidad impresionante de pensadores, y aún cualquiera de nosotros,
destacan los psicólogos y filósofos; estos últimos se han encargado también de
definir y fundamentar los derechos humanos.
Existen varias razones por las que considero al
amor un derecho humano. Una primera de carácter meramente filosófico se basa en
que el hombre se distingue de los animales justo por tener sentimientos, como
el amor o el desamor, son sentimientos tan poderosos capaces de mover el mundo,
podríamos decir entonces que está en el origen de las acciones humanas.
El amor da sentido a otros derechos humanos
caracterizados como inherentes a la persona, paradójicamente por desamor se
violan esos derechos; en las diversas teorías sobre los derechos humanos
podemos encontrar que cuando estos se llevan a
la ley, particularmente a la Constitución se les denomina derechos
fundamentales, esto para ser reconocidos, respetados y sobre todo protegidos,
dándoles eficacia al aprovechar la fuerza normativa de la rigidez y la
supremacía constitucionales.
En el campo de la sexualidad, de los afectos
y de las emociones, se podría considerar el derecho humano por excelencia
entendido como el derecho a ser queridos independientemente de nuestro género,
orientación sexual, etnia, origen, clase socioeconómica, edad, religión,
escolaridad, etc.
Además por el amor, las personas también tienen
el derecho de elegir libremente al compañero o compañera, sin que nadie se los
imponga, elegir la soltería sin que nadie pueda ejercer presión sobre la
condición optada.
Otra razón,
es el derecho que se tiene a relaciones igualitarias, en las que no
exista un rol preestablecido de manera tradicional, y que no se tengan que
imponer cargas inequitativas.
Un argumento de no poca importancia es el
derecho a iniciar o romper relaciones tanto amorosas como sexuales con plena
libertad, de donde deviene el derecho a expresar emociones en público o a no
hacerlo en el caso que resulte más cómodo,
esto incluye también el derecho a la no discriminación por cuestión de
aspecto físico, edad, color de piel, clase social; y sobre todo por la orientación sexual.
Un aspecto más del amor, en especial del de
pareja, es el derecho a controlar nuestra sexualidad en lo que toca a la
reproducción, a elegir libremente la maternidad/paternidad, con independencia
de si se tiene o no una pareja.
Todas las personas tienen el derecho humano a
establecer relaciones que mejor convengan a su manera de vivir, de entender la
propia vida, su desarrollo y como se quiere vivir ésta, ya sean abiertas o
cerradas del mismo modo se tiene el derecho a inventar, conocer, probar
diversas estructuras emocionales al margen del modelo más aceptado y por ello
considerado como el normal, que pudiera identificarse con la pareja
heterosexual monogámica.
Finalmente aunado a establecer un compromiso
o a no tenerlo y a disfrutar de la sexualidad y el erotismo sin coerciones, al
placer, a la ternura y al juego, así como a ser respetados cuando no se quieren
tener lazos sentimentales o relaciones sexuales; por ello se considera que el
amor es el derecho humano por excelencia.
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